Se frenará el uso de operaciones no reales

En este momento estás viendo Se frenará el uso de operaciones no reales

Adiós a las facturas fantasmas

En el marco de las facultades legislativas el Poder Ejecutivo aprobó medidas para favorecer el cumplimiento voluntario de las obligaciones tributarias, aduaneras y no tributarias de los contribuyentes, así como combatir la evasión.
Se creado el sistema de perfiles de cumplimiento mediante el cual la SUNAT hará selección de los contribuyentes y medirá:
La calificación a cada contribuyente tomando en cuenta aspectos como frecuencia y montos de sus pagos tributarios.

Ventajas de la medida tomada por la SUNAT

– Los contribuyentes mejor calificados Categoria A . tendrán acceso a condiciones tributarias ventajosas, tales como no presentar garantías en caso soliciten fraccionamientos, y acceder a cronogramas especiales para sus declaraciones y pagos,
– Los contribuyentes peor calificados Categoría x, se les exigirán mayores garantías, y enfrentarán controles y fiscalizaciones periódicas.
– La SUNAT notificará las calificaciones a los contribuyentes. Esta información también será accesible por terceros a través del portal institucional del ente recaudador, los contribuyentes tendrán 10 días hábiles para presentar sus descargos.
– Se favorecerán los contribuyentes que cumplen puntualmente con sus obligaciones tributarias.
– El sistema de perfiles de cumplimientos permitirá optimizar el uso de recursos de la SUNAT en su labor de fiscalización.

Perjuicios por generar facturas fantasma

– Los contribuyentes que emiten comprobantes de pago o documentos tributarios, pero que no muestran poseer recursos económicos, financieros ni materiales que lo justifique. (evasión), operaciones no reales.
– A estos contribuyentes se les atribuirá la condición de “sujeto sin capacidad operativa” y bajo tal condición, los comprobantes de pago que emitan no podrán ser usados para generar créditos fiscales o cualquier otro beneficio derivado del IGV a favor de sus clientes, ni tampoco podrán usarse como parte de los costos y gastos para efectos del IR.
– condición de “sujeto sin capacidad operativa” y bajo tal condición, los comprobantes de pago que emitan no podrán ser usados para generar créditos fiscal.

Deja una respuesta


El periodo de verificación de reCAPTCHA ha caducado. Por favor, recarga la página.